martes, 16 de junio de 2015

DESDE HACE MUCHOS AÑOS TENGO UNA TARJETA DE CRÉDITO, PERO A PESAR DE QUE PAGO CON REGULARIDAD, NUNCA SE TERMINA MI ADEUDO.

DESDE HACE MUCHOS AÑOS TENGO UNA TARJETA DE CRÉDITO, PERO A PESAR DE QUE PAGO CON REGULARIDAD, NUNCA SE TERMINA MI ADEUDO.

Problema.- Tengo muchos años utilizando mi tarjeta de crédito, y aunque realizo pagos mensualmente, según lo que indica mi estado de cuenta, siempre debo más, y nunca termino de pagar. Estuve en el Banco para informarme de la forma en que calculan los intereses, y me di cuenta de que son altísimos, y que nunca nadie me explicó eso, ni firmé contrato alguno en el cual se señalara. Cuando les reclamé lo anterior, me dijeron que yo estuve de acuerdo, pero eso no es cierto, pues ni siquiera sabía cómo era el cobro de intereses.

Respuesta.- Debo puntualizarte varias cosas: efectivamente, si continúas usando la Tarjeta de Crédito, y sólo pagas el mínimo que se te indica, nunca vas a finiquitar tu adeudo y los intereses van a seguir creciendo, así que debes hacer un esfuerzo y pagar más de la suma mínima que et cobran. Además, debes tomar en cuenta que no es un dinero de tu propiedad, sino que es prestado por un Banco, y que por lo tanto, desde el momento en que dispones de él, se genera un tipo de interés, al cual se llama interés ordinario, pero que si además no liquidas de inmediato la totalidad de tu adeudo, entonces se generan intereses moratorios que son muy superiores a los antes mencionados.
Mientras tu adeudo sea superior a tu capacidad de pago, debes utilizar tu tarjeta lo menos posible, y en su momento, te reitero, que procures pagar cantidades superiores al mínimo que se te indica.
Respecto a tu afirmación de que no se te informó respecto a las tasas de interés que se causan al utilizar tu Tarjeta de Crédito, te digo, que para el efecto de que se te expidiera el plástico que posees, firmaste una solicitud, en la cual o en un anexo, se especifican los  términos y condiciones para su uso, así como todo lo relacionado con el límite de crédito del cual puedes disponer, y es este documento, el que se presenta por el Banco, para en su momento demandar ante un juez el incumplimiento a los pagos en la forma, y términos en que se pactó, además debo decirte, que es una manifestación de estar de acuerdo con tales condiciones, el hecho de que sigas utilizando ese crédito.

Lo anterior encuentra su fundamento legal, en el contenido de los artículos 291, 292, 293, y demás relativos de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

Quedo atenta a tus amables comentarios.

La Abogada del Tribunal

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